LIMITE DE EXENCIONES E INGRESOS NO RENTA | Año Tributario 2019 | |
Concepto | Monto | Exención $ |
1.- Exención de Impuesto Primera Categoría de empresas individuales no acogidas al artículo 14 ter de la LIR, ya sea que se encuentren acogidas a un régimen de renta efectiva y/o presunta (art. 40 Nº 6 LIR). La referida liberación no rige respecto de las EIRL. |
1 UTA del mes de diciembre de 2018 |
$580.236 |
2.- Exención de Impuesto Global Complementario (art. 52 y 52 bis LIR). |
13,5 UTA del mes de diciembre de 2018 |
$7.833.186 |
3.- Exención de Impuesto Global Complementario por rentas de capitales mobiliarios obtenidas por pequeños contribuyentes y trabajadores dependientes (art. 57 inc. 1º LIR). |
20 UTM del mes de diciembre de 2018 |
$967.060 |
4.- Exención de Impuesto Global Complementario por rentas provenientes del rescate de cuotas de Fondos Mutuos, obtenidas por pequeños contribuyentes y trabajadores dependientes (art. 57 inc. 2º LIR). |
30 UTM del mes de diciembre de 2018 |
$1.450.590 |
5.- Exención de Impuesto Global Complementario por la rentabilidad determinada sobre los retiros efectuados de las cuentas de ahorro voluntario abiertas en las AFP, acogidas a las normas generales de la LIR, obtenidas por pequeños contribuyentes y trabajadores dependientes (art. 22 D.L. Nº 3500, de 1980). |
30 UTM del mes de diciembre de 2018 |
$1.450.590 |
6.- Exención de Impuesto Global Complementario por la rentabilidad anual generada por los APV acogidos al régimen tributario establecido en el inciso segundo, del artículo 42 bis de la LIR (art. 20 L y 22 D.L. Nº 3500, de 1980). |
30 UTM del mes de diciembre de 2018 |
$1.450.590 |
7.- Exención de Impuesto de Primera Categoría e Impuesto Global Complementario por rentas provenientes del mayor valor determinado en la enajenación de acciones de sociedades aNºnimas o derechos en sociedad de personas, obtenidas por pequeños contribuyentes y trabajadores dependientes (art. 57 inc. 1º LIR). |
20 UTM del mes de diciembre de 2018 |
$967.060 |
8.- INR por rentas provenientes del mayor valor obtenido en las operaciones a que se refieren las letras a), c) y d), del Nº 8 del art. 17 de la LIR (art. 17 Nº 8 letra a) literal vi LIR). |
10 UTA del mes de diciembre de 2018 |
$5.802.360 |
9.- INR por cantidades percibidas en cumplimiento de un seguro dotal (art. 17 Nº 3 LIR). |
17 UTM del mes de diciembre de 2018 | $822.001 |
10.- INR por rentas provenientes del mayor valor obtenido en la enajenación de bienes raíces agrícolas y no agrícolas situados en Chile (art. 17 Nº 8 letra b) inciso 4º LIR). | 8.000 UF del 31.12.2018 | $220.526.320 |
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